Teléfono y dirección «Asistentes Personales para personas en situación de dependencia severa» Ministerio de Desarrollo Social
¿Qué es?
Es el servicio que atiende el cuidado y la asistencia personal para las actividades de la vida diaria de las personas en situación de dependencia severa, es decir, que precisan ayuda para las necesidades básicas de la vida cotidiana (por ejemplo alimentarse, higienizarse, vestirse, movilizarse, trabajo, estudio y recreación, entre otras).
Se puede acceder a un subsidio económico total o parcial. El monto del subsidio total asciende a 4,6 BPC. En función del ingreso per cápita del hogar, las franjas del subsidio son las siguientes: hasta 3 BPC per cápita, corresponde el 100 por ciento del subsidio, de 3 a 6 BPC per cápita el 67 por ciento, de 6 a 11 BPC per cápita el 33 por ciento, y a partir de 11 BPC per cápita el 0 por ciento. Dicho subsidio se determinará en función de la capacidad de pago del hogar y su carga de cuidados, considerando todos los ingresos del hogar y la cantidad de personas que lo integran. El subsidio está destinado exclusivamente a la contratación de 80 horas mensuales de servicio, incluyendo aportes a la seguridad social, salario vacacional y aguinaldo. Asimismo, el servicio incluye el registro y la capacitación de los postulantes a asistentes personales.
Zonas de Cobertura: Montevideo, Artigas, Canelones, Cerro Largo, Colonia, Durazno, Flores, Florida, Lavalleja, Maldonado, Paysandu, Rio Negro, Rivera, Rocha, Salto, San José, Soriano, Tacuarembo, Treinta Y Tres
¿Quién Puede Acceder y Cómo?
Todas las personas con dependencia severa con ciudadanía natural, legal o con residencia de diez años o más en el país, que residan en su domicilio particular dentro del territorio nacional. Quedan excluidas aquellas personas que se encuentren en régimen de internación o residencia en instituciones, residencias u hogares para personas mayores, hospitales, establecimientos psiquiátricos u hogares de amparo.
Debe iniciarse el trámite llamando al 0800 1811 (teléfono fijo), *1811 (celular ANTEL) o a través de la página web ?http://www.sistemadecuidados.gub.uy/?. En caso de corresponder, un equipo del MIDES visitará el hogar para determinar la posibilidad de acceso y monto del subsidio del servicio. Una vez que sea evaluado se le comunicará con posterioridad si tiene derecho al servicio y en ese caso deberá concurrir a una oficina de BPS para finalizar el trámite correspondiente.
Documentación Requerida: –
¿Hay Costo? No
¿Modalidade Presencial? No
¿Inscripción Via Web? Si | Dirección: http://www.sistemadecuidados.gub.uy
¿Inscripción por E-mail? Si | E-mail: [email protected]
¿Inscripción Telefónica? Si | Teléfono: 0800 1811
*1811
Atención Oficina Central
Nombre: Ministerio de Desarrollo Social
Web: –
E-mail: –
Teléfono: 0800 1811
Dirección: 18 de Julio 1453
Lunes a viernes de 08:00 a 20:00 hs
Más Información
Código: 1995
Población: Primera Infancia, Infancia, Adolescencia, Juventud, Vejez
Área / Sub-área: Cultura y participación social, Cuidados
Organismo Responsable / Unidade Ejecutora: Ministerio de Desarrollo Social Secretaría Nacional de Cuidados y Discapacidad
Organismo Coejecutor: Banco de Previsión Social
Datos abiertos extraídos de la página web oficial del Guía Nacional de Recursos Sociales del MIDES (guiaderecursos.mides.gub.uy).