Teléfono y dirección «Subsidio por desempleo» Banco de Previsión Social
¿Qué es?
El programa tiene como objetivo cubrir la contingencia del desempleo forzoso de los trabajadores del sector privado, a través de un subsidio mensual por un plazo de hasta 6 meses. El trabajador/a tiene 30 días a partir del cese o suspensión de actividad para solicitar este beneficio.
Ofrece un subsidio mensual por 6 meses en dinero.
Zonas de Cobertura: Todo el territorio nacional
¿Quién Puede Acceder y Cómo?
Pueden acceder los trabajadores que en los doce meses previos a configurarse la causal de desempleo, hayan permanecido en planilla de trabajo, 180 días continuos o no (en una o más empresas).Esto varía según el sector de actividad y el tipo de trabajador: Empleados con remuneración mensual: haber computado 180 días en planilla.Empleados jornaleros: haber computado en los 180 días en planilla 150 jornales trabajados.Empleados con remuneración variable (destajistas) haber percibido un mínimo de 6 BPC en el período de los 180 días en planilla.Los beneficiarios son los cotizantes privados BPS: todos los trabajadores de la actividad privada que presten servicios remunerados a terceros y se encuentren amparados por las normas que rigen a las prestaciones de Industria y Comercio, packing de frutas y verduras (decreto 608/87), trabajadores Rurales (decreto 211/001), trabajadores del servicio doméstico (Ley Nº 18.065) y trabajadores profesionales del deporte (decreto 40/998). Además, tienen derecho a este subsidio el personal del Instituto Nacional de Carnes, de la Corporación Nacional para el Desarrollo, del Laboratorio Tecnológico del Uruguay, los docentes o maestros despedidos, docentes privados suspendidos no en período de vacaciones, socios cooperativistas, trabajadores de la Escuela y Liceo Elbio Fernández, educandos del Movimiento Tacurú con 2 años en planilla de trabajo como mínimo, directores de sociedades anónimas que tengan actividad como dependiente y no participen del paquete accionario, trabajadores con contrato a término del poder ejecutivo y organismos comprendidos en los artículos 220 y 221 de la Constitución de la República que hayan sido contratados por un plazo mínimo de 24 meses, trabajadores que sean a su vez titulares de empresa y acrediten que no perciben utilidades o dividendos de dicha empresa.
Las personas del todo país pueden realizar reserva de día y horario, a través de http://www.bps.gub.uy/bps/agenda/macro.jsp?contentid=5480 o llamando al 1997, para presentarse en cualquier oficina del Banco de Previsión Social de todo el país. Asimismo, deben concurrir con el formulario único para solicitud de prestaciones, disponible en: http://www.bps.gub.uy/1082/formularios-de-activos.html#
Documentación Requerida:
- Cédula de Identidad
- Deben concurrir con el formulario único para solicitud de prestaciones, disponible en: http://www.bps.gub.uy/1082/formularios-de-activos.html#
¿Hay Costo? No
¿Modalidade Presencial? Si
¿Inscripción Via Web? Si | Dirección: http://www.bps.gub.uy/4802/subsidio-por-desempleo.html
¿Inscripción por E-mail? No | E-mail: –
¿Inscripción Telefónica? Si | Teléfono: 1997
Atención Oficina Central
Nombre: Prestaciones Económicas
Web: http://www.bps.gub.uy/4773/subsidio_por_desempleo.html
E-mail: [email protected]
Teléfono: 1997
Dirección: En Montevideo:Mercedes 1950 Sector B del 1er. Sub Suelo (Edificio Nuevo)En el interior: en las agencias y sucursales del BPS
Lunes a viernes de 08:00 a 20:00 hs – Agenda de día y hora. Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 hs – Atención al público.
Más Información
Código: 132
Población:
Área / Sub-área: Asignaciones, pensiones y subsidios
Organismo Responsable / Unidade Ejecutora: Banco de Previsión Social
Datos abiertos extraídos de la página web oficial del Guía Nacional de Recursos Sociales del MIDES (guiaderecursos.mides.gub.uy).